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viernes, abril 25, 2025
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Corte Constitucional endurece penas para tocamientos no consentidos: hasta 16 años de prisión

La Corte Constitucional de Colombia ha dado un giro significativo en la legislación sobre delitos sexuales, al dictar una sentencia que clasifica los tocamientos sexuales no consentidos como actos sexuales violentos, con penas que van de ocho a dieciséis años de prisión. Esta decisión surge con el objetivo de fortalecer la protección de las víctimas y evitar la minimización de estos delitos graves.

La sentencia de la Corte responde a una revisión crítica de la jurisprudencia anterior, que solía clasificar estos actos como «injuria por vía de hecho», un delito menor con penas mucho más cortas. El fallo establece claramente que cualquier tocamientos sexual no consentido, cuando se realice con la intención de satisfacer la libido del agresor, debe ser considerado un acto sexual violento, sujeto a penas mucho más severas.

La decisión se deriva de un caso emblemático que involucró a una menor de 15 años, identificada como Salomé, quien fue víctima de acoso sexual en 2018. Inicialmente, el caso fue tratado como una injuria por vía de hecho, lo que generó controversia y llevó a la familia de la víctima a impugnar la clasificación. La Corte, tras revisar el caso, determinó que la actuación del agresor debía ser calificada como un acto sexual violento, lo que obligará a reexaminar las actuaciones judiciales previas y asegurar una justicia adecuada para la víctima.

El fallo de la Corte Constitucional también establece la necesidad de un control más riguroso por parte de los jueces y fiscales al clasificar los delitos sexuales. Los magistrados subrayan que los tocamientos con intención libidinosa no deben ser clasificados erróneamente como delitos menores, y que el sistema judicial debe aplicar la normativa de manera justa y precisa para proteger los derechos de las víctimas.

Este cambio legislativo marca un importante precedente en la justicia colombiana, buscando erradicar la minimización de los delitos sexuales y garantizar una respuesta judicial adecuada. La decisión de la Corte no solo impacta el caso de Salomé, sino que establece un nuevo estándar para el tratamiento de casos similares en el futuro, reafirmando el compromiso del sistema judicial con la protección de los derechos y la dignidad de las víctimas.

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