La Fiscalía General de la Nación ha emitido una directiva que redefine el tratamiento judicial de las protestas sociales pacíficas, provocando un debate sobre los límites impuestos a las autoridades para mantener el orden. Este nuevo documento, compuesto por 33 directrices, cambia radicalmente la forma en que se aborda la protesta en Colombia y ha generado preocupación en diversos sectores que temen un debilitamiento en la capacidad de acción del Estado.
Con esta resolución, se establece que la protesta pacífica está constitucionalmente protegida, y aunque pueda generar alteraciones en el orden público, no debe ser objeto de sanción penal a menos que se excedan los límites del ejercicio legítimo de los derechos fundamentales. Esto representa un cambio respecto a la política anterior, en la que cualquier acto violento durante una manifestación era considerado una transgresión penal significativa.

La directiva también establece nuevos parámetros en cuanto a los bloqueos de vías, aclarando que solo serán sancionados aquellos que atenten directamente contra derechos esenciales como la vida, la salud pública o el derecho al trabajo. Sin embargo, los críticos alertan sobre la posible ambigüedad de estos criterios, que podrían limitar la intervención del Estado en situaciones caóticas.
Este conjunto de normas pone en tela de juicio el balance entre el respeto a las libertades civiles y la capacidad del Estado para mantener el orden. La forma en que estas directrices sean interpretadas por los fiscales determinará si se logra un equilibrio o si, por el contrario, se debilitara la capacidad de respuesta frente a escenarios de violencia.