El alcalde del Municipio de Rionegro ha firmado dos nuevos decretos que imponen restricciones significativas con el objetivo de mejorar la seguridad y convivencia ciudadana en la región. Estas medidas, que entran en vigor a partir del 3 de mayo de 2024, afectan tanto la circulación de menores de edad como el transporte de acompañantes en motocicletas durante ciertos horarios.
El primer decreto limita la circulación de niños, niñas y adolescentes menores de dieciocho años en lugares públicos entre las diez de la noche y las cuatro de la mañana de todos los días de la semana. Esta medida se aplicará a menos que los menores estén acompañados por sus padres o representantes legales. En caso de infracción, las autoridades están facultadas para trasladar a los menores a un lugar acondicionado especialmente para ellos, y se aplicarán sanciones conforme al Código de Infancia y Adolescencia.
Por otro lado, el segundo decreto restringe la circulación de motocicletas con acompañante en el área urbana y rural de Rionegro desde las 8 de la noche hasta las 5 de la mañana del día siguiente, aplicable de viernes a domingo y los lunes festivos, hasta el 31 de agosto de 2024. Existen excepciones para vehículos de las Fuerzas Militares, organismos de emergencia y socorro, autoridades de tránsito y salud, así como para ciertas empresas de servicios públicos y seguridad privada, siempre que los ocupantes porten las debidas identificaciones.
Estas medidas buscan responder a preocupaciones de seguridad y orden público en el municipio, especialmente en horas de la noche y durante los fines de semana. La Policía Nacional y la Subsecretaría de Movilidad de Rionegro serán los encargados de hacer cumplir estas disposiciones, asegurando que tanto menores de edad como motociclistas respeten las nuevas normativas. Las sanciones por incumplimientos incluyen las contempladas en la ley 769 del 2002, el Código Nacional de Tránsito Terrestre, y otras normas aplicables.